Búsqueda Avanzada

Vender una vivienda en España como no residente

Vender una vivienda en España como no residente

Si vendes una vivienda en España sin ser residente fiscal, revisa la retención del comprador, el IRNR y los trámites municipales. Esta guía orienta a personas físicas que venden sin establecimiento permanente y explica qué comprobar si actúan mediante representante.


Comprueba primero tu residencia fiscal

La nacionalidad o pasar menos de 183 días en España no determinan por sí solos la no residencia fiscal. También cuentan el núcleo de intereses económicos, las circunstancias familiares y, en su caso, el convenio de doble imposición. Acredita tu residencia fiscal antes de calcular la venta.

Retención, IRNR y plusvalía municipal

3%

Retención del 3%

Con carácter general, el comprador debe retener el 3% de la contraprestación e ingresarlo mediante el modelo 211 dentro del mes siguiente a la transmisión. Es un pago a cuenta del vendedor, no el impuesto definitivo. Solicita tu ejemplar del modelo.

Saber más →
📄

IRNR sobre la ganancia patrimonial

El tipo general aplicable a la ganancia inmobiliaria es el 19%, sin la distinción UE/resto que rige para otras rentas. La ganancia fiscal se calcula con los valores de adquisición y transmisión ajustados; revisa los gastos, amortizaciones y posibles exenciones.

Saber más →
🏛️

Plusvalía Municipal

Comprueba con el ayuntamiento si la operación está sujeta y los plazos aplicables. En una venta por una persona física no residente, el comprador actúa como sustituto del contribuyente. Coordina la documentación y el pago que correspondan.

Saber más →

¿Puedo recuperar la retención del 3%?

Puede solicitarse si existe un exceso. Si la retención supera la cuota del IRNR, solicita la devolución del exceso al presentar el modelo 210. Para transmisiones inmobiliarias, se presenta durante los tres meses siguientes al transcurso de un mes desde la transmisión, cualquiera que sea el resultado. No confundas el plazo de presentación con el de devolución.

Venta a distancia mediante poder notarial

Antes de planificar una firma sin desplazarte, consulta con la notaría si puedes otorgar un poder notarial con facultades suficientes para tu representante. Si se otorga en el extranjero, confirma los requisitos de aceptación, apostilla o legalización y traducción que procedan.

Guía sobre el Poder Notarial →
✈️

Prepara las consultas antes de vender

Reúne el título de propiedad, los justificantes de adquisición y gastos y la documentación fiscal. Si necesitas ayuda, consulta el alcance y las condiciones del asesoramiento antes de contratarlo; esta guía no sustituye la revisión de tu caso.

✓
Avenida L'ALBIR, 66-68
O3581
El Albir / L'Albir (Alicante)